Guía completa del régimen de personas físicas con actividades empresariales: impuestos, deducciones y beneficios
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- hace 4 días
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Guía completa del régimen de personas físicas con actividades empresariales: impuestos, deducciones y beneficios
¡Bienvenido a nuestro blog! Emprender un negocio es una aventura emocionante, pero también está llena de desafíos. Uno de los más grandes —y sinceramente, de los que más dolores de cabeza provoca— es enfrentarse al SAT. De pronto te ves aprendiendo sobre normas fiscales, declaraciones, deducciones y conceptos que jamás te enseñaron en la escuela.
Si estás recorriendo este camino de emprender, seguramente ya escuchaste hablar sobre los regímenes fiscales y, entre ellos, el famoso régimen de personas físicas con actividad empresarial. Pero ¿qué es realmente?, ¿cómo saber si debes inscribirte en él?, ¿qué impuestos y obligaciones tiene?, ¿qué puedes deducir? y sobre todo, ¿qué beneficios fiscales puede ofrecerte?
En esta guía te lo explicaremos paso a paso, con un lenguaje claro y directo, para que deje de ser un enredo cumplir con el SAT y puedas concentrarte en lo que realmente importa: hacer crecer tu negocio.
¿En que consiste el régimen de personas físicas con actividad empresarial?
El régimen de personas físicas con actividades empresariales es un esquema fiscal que permite a los emprendedores, comerciantes y profesionales registrar formalmente su actividad económica ante el SAT y cumplir con sus obligaciones como contribuyentes.
De forma más técnica, este régimen —también conocido como régimen fiscal 612— se encuentra regulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), específicamente en el Artículo 100, fracción I, donde se establece que las personas físicas que realicen actividades empresariales deberán determinar el impuesto sobre la renta conforme al Título IV, Capítulo II, Sección I de dicha ley. Esto incluye a quienes obtienen ingresos derivados de actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, siempre que no tributen en otros regímenes especiales.
En pocas palabras, este régimen reconoce legalmente a las personas físicas que generan ingresos por cuenta propia mediante la producción o comercialización de bienes y servicios, dándoles la posibilidad de deducir sus gastos indispensables para operar. Su objetivo es formalizar las actividades productivas de los emprendedores y brindar un marco fiscal que respalde su crecimiento.
¿Quienes deben inscribirse en el régimen de actividad empresarial?
Lo que nos menciona el Artículo 100, fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), es que este régimen esta diseñado para aquellas personas que obtengan ingresos derivados de actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, siempre que no tributen en un régimen distinto.
En términos más prácticos, este régimen está diseñado para personas independientes que ya cuentan con un negocio formal o en crecimiento, pero no desean o no necesitan constituir una sociedad. Se trata de un régimen más robusto y formal que el RESICO, pero con mayor flexibilidad que una persona moral. Es ideal para negocios que ya alcanzan una operación más compleja, con empleados, gastos fijos y mayores ingresos.
Lo recomendamos para emprendedores consolidados o negocios en expansión, especialmente aquellos que superan los 3.5 millones de pesos anuales en ingresos, ya que si no rebasan ese umbral existen otros regímenes con beneficios fiscales más convenientes. En otras palabras, el régimen fiscal 612 es una etapa intermedia entre el emprendimiento que aún se desarrolla y la empresa constituida legalmente como sociedad.
Por ejemplo:
Miguel cada vez hace crecer más su negocio de autotransporte. Él se encarga de la administración, tiene varios empleados y genera ingresos superiores a los 4 millones de pesos mensuales, pero quiere seguir siendo el representante legal de su negocio.
Andrea logró abrir su segundo restaurante, ahora especializado en comida mediterránea. Aunque sus ingresos y operaciones han aumentado, prefiere mantener su independencia y operar sin formar una sociedad, ya que es la única inversionista.

¿Qué impuestos pagan las personas físicas que tienen actividad empresarial?
Como todo régimen fiscal formal, quienes tributan bajo el régimen de personas físicas con actividades empresariales (régimen fiscal 612) deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales y administrativas establecidas por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y el Código Fiscal de la Federación (CFF).
A continuación te explicamos las más importantes:
Inscripción en el RFC:
Debes inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el SAT para formalizar tu actividad económica. Esta inscripción es el primer paso para poder emitir facturas, presentar declaraciones y cumplir con tus obligaciones fiscales.
Obtener tu e.firma:
La e.firma (firma electrónica avanzada) o FIEL es una herramienta digital que te identifica de manera segura ante el SAT. Es indispensable para realizar trámites fiscales, presentar declaraciones y emitir facturas electrónicas.
Expedir facturas electrónicas (CFDI):
Cada venta o servicio que realices debe contar con una factura electrónica. Este comprobante fiscal respalda tus ingresos y permite a tus clientes deducir gastos.
Sello digital:
Es un certificado emitido por el SAT que te permite timbrar tus facturas electrónicas. Sin este sello no puedes emitir comprobantes fiscales válidos.
Declaraciones mensuales de ISR e IVA:
Debes presentar declaraciones mensuales donde informas tus ingresos, gastos y calculas el pago provisional del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que corresponda.
Declaración anual del ISR:
Al cierre del ejercicio fiscal, se presenta la declaración anual, donde se comparan los pagos provisionales mensuales contra el ISR total del año. Aquí pueden generarse ajustes o saldos a favor que el contribuyente puede solicitar en devolución.
Contabilidad electrónica:
Debes llevar y enviar tu contabilidad electrónica al SAT, incluyendo catálogos de cuentas, balanzas de comprobación y pólizas contables.
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT):
Se presenta mensualmente ante el SAT para informar las operaciones con proveedores y clientes en las que se haya trasladado o retenido IVA.
Cuotas obrero–patronales (IMSS, SAR e INFONAVIT):
Si tienes trabajadores, estás obligado a registrarlos ante el IMSS, pagar sus cuotas de seguridad social y las aportaciones al SAR e INFONAVIT, conforme a la Ley del Seguro Social y la Ley del INFONAVIT.
Impuesto sobre Nómina (ISN):
Es un impuesto estatal que grava los pagos realizados a empleados por concepto de sueldos, salarios y prestaciones. Su tasa varía según la entidad federativa, generalmente entre 2% y 4%.
Impuesto Sobre la Renta (ISR):
El ISR grava los ingresos que obtiene una persona física. Su tasa es progresiva, es decir, a mayor ingreso, mayor tasa. Las tarifas vigentes van desde 1.9% hasta 35%, y el SAT las publica cada año.Este impuesto permite deducciones autorizadas. Los contribuyentes realizan pagos provisionales mensuales, que al cierre del ejercicio se comparan con el ISR anual; este ajuste puede generar un saldo a favor o un impuesto por pagar.
Impuesto al Valor Agregado (IVA):
El IVA grava el consumo. Su tasa general es del 16%, aunque puede variar dependiendo de la zona geográfica o del tipo de producto. Los contribuyentes deben trasladar este impuesto a sus clientes y acreditarlo con el IVA que les trasladan sus proveedores. Además, pueden deducir el IVA acreditable pagado en compras relacionadas con su actividad económica.
¿Qué se puede deducir en el régimen de actividad empresarial?
De acuerdo con el artículo 103 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), las personas físicas con actividades empresariales pueden deducir los gastos estrictamente indispensables para la realización de su actividad económica, siempre que cumplan con los requisitos fiscales establecidos por la ley.
En términos más prácticos, esto significa que todo gasto necesario para operar tu negocio y generar ingresos puede ser deducible, siempre que esté correctamente respaldado. Para que el SAT lo acepte, debe existir una factura electrónica (CFDI) con el uso fiscal correcto, método y forma de pago válidos, y debe estar relacionado directamente con la actividad económica. Además, se recomienda contar con un contrato, orden de compra o evidencia documental que respalde la operación y comprobar que el gasto se refleje en los estados de cuenta bancarios del contribuyente. Si alguno de estos elementos no está en orden, el gasto podría perder su carácter deducible en una revisión o auditoría.
A continuación, te compartimos ejemplos de 20 gastos deducibles bajo este régimen, divididos entre los más comunes y otros menos conocidos pero completamente válidos:
Deducciones comunes:
Renta del local u oficina
Pago de energía eléctrica
Servicio de internet y telefonía
Compra de mercancías o materia prima
Pago de sueldos y salarios
Papelería y artículos de oficina
Equipos de cómputo, mobiliario y herramientas de trabajo
Gastos de mantenimiento o reparación del negocio
Publicidad y marketing
Servicios profesionales externos (contadores, abogados, asesores)
Deducciones menos conocidas (pero deducibles):
Uniformes o ropa con logotipo de la empresa
Gastos de capacitación o cursos relacionados con tu actividad
Viáticos y hospedaje por motivos laborales (con comprobantes válidos)
Primas de seguros relacionados con la operación del negocio
Comisiones bancarias y gastos financieros del negocio
Arrendamiento de vehículos utilizados exclusivamente para la actividad
Software o licencias digitales necesarias para la operación
Servicios de limpieza o vigilancia contratados para el negocio
Intereses pagados por créditos empresariales o de equipo
Gastos de envío o paquetería relacionados con ventas o distribución
Estas deducciones pueden reducir significativamente la base gravable del ISR, optimizando tu carga fiscal y permitiéndote reinvertir más recursos en tu propio negocio. Por eso, contar con una contabilidad organizada, facturación correcta y evidencia bancaria no solo es una obligación, sino una estrategia inteligente para cuidar tus finanzas y mantener la tranquilidad ante el SAT.
¿Qué beneficios fiscales tiene el régimen de actividad empresarial?
Este régimen ofrece ventajas fiscales y operativas muy valiosas para quienes buscan mantener independencia administrativa sin perder los beneficios de la formalidad. A continuación, te explicamos los principales:
Deducciones personales en la declaración anual:
Al tributar como persona física, tienes la posibilidad de incluir deducciones personales (como gastos médicos, hospitalarios, dentales, colegiaturas, aportaciones a tu AFORE o intereses hipotecarios) en tu declaración anual. Esto incrementa la posibilidad de obtener un saldo a favor o de reducir el impuesto a pagar al cierre del ejercicio.
Menor carga fiscal y administrativa que una persona moral:
A diferencia de las sociedades (personas morales), las personas físicas con actividades empresariales enfrentan menos obligaciones formales y, en muchos casos, menos revisiones o auditorías del SAT. Esto les brinda una mayor tranquilidad operativa, aunque siempre es importante mantener una contabilidad ordenada para evitar riesgos futuros.
Posibilidad de aplicar deducciones empresariales:
A diferencia de otros regímenes, como el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), aquí se pueden deducir los gastos estrictamente indispensables para la operación del negocio. Este beneficio no solo permite reducir el ISR a pagar, sino que también incentiva la reinversión en infraestructura, personal o tecnología, impulsando el crecimiento del negocio.
Flexibilidad en la administración del negocio:
Este régimen permite que el empresario mantenga el control total de su negocio sin tener que constituir una sociedad ni depender de otros socios. Esto facilita la toma de decisiones rápida y directa, conservando la autonomía financiera y operativa.
Acceso a créditos y programas de apoyo:
Al ser un régimen formal ante el SAT, las personas físicas con actividades empresariales pueden acceder a créditos empresariales, programas de apoyo gubernamental o financiamientos bancarios, respaldados por su historial fiscal y comprobación de ingresos.
Conocer a fondo el régimen de personas físicas con actividades empresariales es esencial para tomar decisiones fiscales acertadas. Entender si este es tu régimen ideal, conocer tus impuestos, obligaciones y beneficios, puede marcar la diferencia entre operar con tranquilidad o enfrentar problemas con el SAT.
Cada negocio tiene particularidades únicas —niveles de ingresos, estructura, operaciones y objetivos—, por lo que contar con la orientación de un contador profesional es la mejor forma de asegurarte de cumplir correctamente con tus obligaciones y aprovechar al máximo los beneficios fiscales que te corresponden.
En Grupo Altea ayudamos a emprendedores, profesionales y negocios consolidados a cumplir con el SAT sin complicaciones. Si deseas cotizar nuestros servicios o recibir asesoría personalizada, da clic en el botón y conoce cómo podemos ayudarte a hacer crecer tu negocio con una estrategia fiscal inteligente y segura.
FAQs:
1. ¿Qué es el régimen de personas físicas con actividades empresariales?
Es un régimen fiscal que permite a los emprendedores y profesionales registrar formalmente su negocio ante el SAT, pagar impuestos y deducir gastos indispensables relacionados con su actividad económica, según el artículo 100 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
2. ¿Quiénes deben darse de alta en el régimen de personas físicas con actividad empresarial?
Personas que generan ingresos por actividades comerciales, industriales o de servicios sin constituir una sociedad. Es ideal para negocios consolidados con ingresos mayores a 3.5 millones de pesos anuales que buscan operar formalmente y mantener control total sobre su empresa.
3. ¿Qué impuestos paga una persona física con actividad empresarial?
Debe cumplir con ISR, IVA, cuotas del IMSS, impuesto sobre nómina, y presentar declaraciones mensuales y anuales. También está obligado a emitir facturas, llevar contabilidad electrónica y presentar la DIOT ante el SAT.
4. ¿Qué gastos se pueden deducir en el régimen de actividad empresarial?
Todos los gastos estrictamente indispensables para operar el negocio, como renta, sueldos, energía, equipo o publicidad. Deben tener CFDI válido, método de pago correcto y reflejarse en estados de cuenta.
5. ¿Qué beneficios fiscales ofrece el régimen de personas físicas con actividades empresariales?
Permite aplicar deducciones personales y empresariales, reducir el ISR, mantener independencia administrativa, acceder a créditos y enfrentar menor carga fiscal que una persona moral.
6. ¿Qué diferencia hay entre el régimen de actividad empresarial y el RESICO?
El RESICO aplica a contribuyentes con ingresos menores a 3.5 millones anuales y no permite deducciones amplias. En cambio, el régimen de personas físicas con actividades empresariales ofrece más flexibilidad, deducciones y control, ideal para negocios en crecimiento.
7. ¿Por qué es importante contar con un contador en este régimen?
Porque cada negocio tiene particularidades únicas. Un contador te ayuda a cumplir correctamente con el SAT, optimizar tus impuestos y aprovechar los beneficios fiscales sin riesgos de sanciones ni errores en tus declaraciones.
