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De la Cocina a los Impuestos: Cómo Manejar el IVA en Restaurantes

Actualizado: 14 jul


Dueño de restaurante de hamburguesas feliz por haber entendido como se maneja el IVA en Restaurantes con ayuda de Grupo Altea
IVA en Restaurantes

De la Cocina a los Impuestos: Cómo Manejar el IVA Restaurantes


¡Bienvenidos, apasionados del mundo gastronómico y emprendedores culinarios! En este viaje tributario, nos sumergiremos en el confuso universo del IVA en restaurantes. ¿Cuántos de ustedes han experimentado el desafío de comprender y manejar adecuadamente este impuesto? Sabemos que muchos de nuestros colegas en la industria gastronómica han enfrentado el desorden de no estar seguros de si deben o no cobrar IVA, o incluso han tenido roces innecesarios con clientes y autoridades fiscales.


En este blog, despejaremos las dudas en torno al IVA en restaurantes. Desde determinar si deben aplicar IVA en sus servicios hasta entender los productos que llevan IVA y por lo tanto si pueden acreditar, abordaremos cada aspecto clave para que su experiencia con el IVA sea tan deliciosa como sus platos. ¡Prepárense para un festín de conocimiento fiscal!



¿Qué es el IVA?


El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo indirecto que se aplica al consumo de bienes y servicios. En cada etapa de la cadena comercial —desde el productor hasta el consumidor final— se va generando este impuesto. Aunque lo recauda el vendedor, la carga final recae sobre el consumidor, quien lo paga al adquirir un producto o servicio.


De forma técnica, el IVA grava el valor agregado en cada fase de comercialización y su cálculo se basa en la diferencia entre el IVA cobrado por ventas (IVA trasladado) y el IVA pagado en compras o insumos (IVA acreditable). Es uno de los principales impuestos federales en México y su aplicación es obligatoria para la mayoría de los contribuyentes que venden bienes, prestan servicios o realizan arrendamientos.


El fundamento legal del IVA en México se encuentra en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), particularmente en su Artículo 1, donde se establecen las actividades que están sujetas a este impuesto y quiénes están obligados a pagarlo.



¿Deben cobrar IVA en restaurantes?


Sí, los restaurantes deben cobrar IVA porque realizan enajenación de bienes (alimentos preparados) y prestan un servicio al cliente. Ambas actividades están gravadas conforme al artículo 1 de la Ley del IVA, por lo que deben trasladar el 16% al consumidor y enterarlo al SAT.


Los restaurantes deben cobrar y pagar IVA. Como vimos, este impuesto se aplica en cada etapa de producción y, en el caso de restaurantes, se interpreta como un valor añadido. Desde la compra de materia prima hasta el servicio de mesa, se considera parte del proceso. Este impuesto debe desglosarse en la factura, recaudarse del consumidor y posteriormente enterarse al SAT en los plazos establecidos por la ley. Además, el IVA recaudado no forma parte del ingreso propio del restaurante, sino que es un monto que se transfiere directamente al fisco. Es decir, debe contabilizarse independientemente de las ventas.



IVA en alimentos:


En México, los alimentos en su estado natural están gravados a una tasa del 0% de IVA. Aunque esta exención de IVA significa que te "cuesten menos", viéndolo de otro lado no tendrás IVA acreditable, lo cual presenta un desafío al considerarlos como tu materia prima.


De acuerdo con el Artículo 2-A, fracción I, inciso a) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) los alimentos en su estado natural —como frutas, verduras, carnes, cereales y legumbres— están gravados a una tasa del 0% de IVA. Esto significa que, aunque no se traslada IVA al consumidor en su venta, estas adquisiciones no generan un IVA acreditable para quien los compra, como es el caso de los restaurantes. Al ser estos alimentos la materia prima del negocio, su tratamiento a tasa 0% limita la posibilidad de acreditarlos contra el IVA cobrado en la prestación del servicio, lo que puede afectar la planeación fiscal y la carga efectiva del restaurante. Esta situación obliga a los restauranteros a considerar otras estrategias para optimizar su saldo a favor de IVA.



¿Entonces que pueden deducir de IVA?


Aunque los alimentos en su estado natural (materia prima) están gravados a tasa 0% y no generan IVA acreditable, los restaurantes sí pueden deducir el IVA de otros gastos relacionados con la operación del negocio. Aquí te compartimos una lista con los más comunes:


  • Alimentos procesados o preparados: Pan de caja, embutidos empaquetados, conservas, bebidas embotelladas. Estos sí generan IVA acreditable.

  • Mobiliario y equipo: Sillas, mesas, hornos, refrigeradores, parrillas o cualquier herramienta necesaria para operar.

  • Software y licencias: Sistemas de punto de venta (POS), programas de contabilidad o administración.

  • Servicios profesionales: Honorarios de contador, consultor fiscal, abogado, diseñador gráfico, etc.

  • Servicios contratados: Limpieza, mantenimiento, seguridad privada, publicidad o marketing digital.

  • Arrendamiento de local: Siempre que el arrendador facture con IVA.

  • Suministros de oficina o insumos operativos: Papel, detergentes, servilletas, utensilios, gas, electricidad (facturados con IVA).


Para que estos gastos sean acreditables es indispensable que:


  • Se cuente con factura electrónica (CFDI) correctamente emitida.

  • El gasto esté relacionado directamente con la actividad del restaurante.

  • El IVA haya sido efectivamente pagado.



Ejemplo: ¿Cómo se calcula el IVA a pagar en un restaurante?


Imaginemos que un restaurante tiene las siguientes operaciones durante el mes:


Ingresos del mes:
  • Ventas con IVA: $200,000

  • IVA trasladado (16%): $32,000


Gastos del mes:

Categoría

Monto gastado

IVA acreditable

Materia prima (carne, verduras, etc.)

$50,000

$0

Bebidas embotelladas y procesados

$20,000

$3,200

Servicios de limpieza y publicidad

$15,000

$2,400

Arrendamiento del local

$25,000

$4,000

Compra de mobiliario y equipo

$10,000

$1,600

Total de IVA acreditable: $11,200


Cálculo del IVA por pagar al SAT:

IVA trasladado: $32,000

(-) IVA acreditable: $11,200

(=) IVA por pagar: $20,800


Este ejemplo demuestra cómo, aunque ciertos insumos no generen IVA acreditable (como los alimentos naturales), un restaurante puede compensarlo parcialmente acreditando el IVA de otros gastos operativos. Llevar una contabilidad adecuada y aprovechar correctamente estos acreditamientos puede marcar la diferencia en tu flujo de efectivo.




En resumen, los restaurantes están obligados a cobrar y pagar IVA, pero deben conocer a fondo qué gastos pueden acreditarse y cuáles no. Esto marca la diferencia entre una gestión fiscal eficiente y una carga innecesaria. La asesoría contable no es un lujo, es una necesidad para tomar decisiones que protejan tu rentabilidad y mantengan tu negocio en regla.

En Grupo Altea MG te ayudamos a construir una estrategia fiscal sólida, alineada a tu giro y con pleno cumplimiento legal. Si necesitas apoyo, te invitamos a cotizar nuestros servicios o agendar una asesoría personalizada dando clic en el botón. Estamos aquí para ayudarte a cumplir con seguridad y confianza.




FAQs:

1. ¿Los restaurantes deben cobrar IVA en sus servicios?

Sí. Los restaurantes deben cobrar IVA porque venden alimentos preparados y prestan un servicio al cliente. Ambas actividades están gravadas conforme al artículo 1 de la Ley del IVA.

2. ¿Qué alimentos están gravados a tasa del 0% de IVA en los restaurantes?

Los alimentos en estado natural como carnes, frutas y verduras están gravados a tasa 0%. No generan IVA acreditable, aunque sí forman parte de la materia prima del restaurante.

3. ¿Qué gastos sí generan IVA acreditable en un restaurante?

Gastos como mobiliario, bebidas procesadas, arrendamiento, software y servicios profesionales generan IVA acreditable, siempre que cuenten con factura y se usen en la operación del restaurante.

4. ¿Puedo acreditar el IVA de los alimentos naturales que compro para cocinar?

No. Al estar gravados a tasa 0%, los alimentos en estado natural no generan IVA acreditable, aunque sí son parte esencial del negocio gastronómico.

5. ¿Cuál es la tasa de IVA que deben aplicar los restaurantes?

La tasa general es del 16%, aplicable a servicios como preparación y venta de alimentos en el establecimiento, conforme al artículo 1 de la Ley del IVA.

6. ¿Aplica lo mismo para bares y negocios de hotelería?

Sí. Bares, hoteles y restaurantes operan bajo reglas similares en materia de IVA, ya que ofrecen servicios gravados y deben cobrar y enterar el impuesto al SAT.

7. ¿Cómo calcular el IVA por pagar en un restaurante?

Resta el IVA acreditable de tus gastos al IVA trasladado de tus ventas. La diferencia es el IVA a pagar al SAT. Un buen control contable hace toda la diferencia.


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