¿Cómo calcular el IVA paso a paso y sin errores?
- Grupo Altea MG
- 29 ago 2022
- 6 Min. de lectura
Actualizado: 15 may

¿Cómo calcular el IVA paso a paso y sin errores?
¡Bienvenido al blog!
Sabemos que llevar un negocio en México no es tarea fácil, entre trámites, clientes y facturas, los impuestos pueden convertirse en una verdadera carga. Además del ISR, uno de los impuestos que más agobia a emprendedores, autónomos y empresas es el IVA.
El IVA, o Impuesto al Valor Agregado, es un impuesto que se aplica prácticamente en todas las ventas de productos o servicios, y aunque suena simple, calcularlo correctamente puede marcar la diferencia entre tener tus finanzas bajo control… o tener problemas con el SAT.
Por eso, en este blog te explicaremos qué es el IVA, quiénes deben pagarlo, y sobre todo, cómo calcular el IVA paso a paso, con ejemplos claros adaptados a diferentes tipos de negocios. Lo que necesitas saber para cumplir y tomar el control de tus impuestos.
¿Qué es el IVA?
El IVA, o Impuesto al Valor Agregado, es un impuesto que se cobra en casi todas las ventas de bienes y servicios en México. Lo pagan los consumidores finales, pero las empresas o prestadores de servicios son los encargados de cobrarlo y enterarlo al SAT.
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto indirecto que se aplica sobre el valor que se agrega en cada etapa del proceso de producción y comercialización de bienes o servicios. Funciona como un impuesto que se traslada al cliente final en cada transacción. Es decir, el negocio lo cobra en sus facturas y luego lo declara y paga al SAT. Además, los contribuyentes pueden acreditar el IVA que ellos pagan en sus compras, restándolo del IVA que cobran. Este mecanismo evita la doble tributación y asegura que el impuesto solo recaiga sobre el consumidor final.
En México, está regulado por la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y su fundamento legal se encuentra en el Artículo 1°, donde se establece que están obligadas al pago del IVA las personas físicas y morales que realicen actos como: enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, o importación de bienes o servicios dentro del territorio nacional.
¿Quienes están obligados a pagar IVA?
Como veíamos en el Artículo 1° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), están obligadas al pago del IVA todas las personas físicas y morales que realicen, en territorio nacional, alguno de los siguientes actos:
Enajenación de bienes: Es decir, la venta o transmisión de propiedad de un bien.
Prestación de servicios independientes: Como sucede con profesionistas, consultores, diseñadores, entre otros que ofrecen sus servicios sin una relación laboral.
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes: Por ejemplo, el arrendamiento de inmuebles.
Importación de bienes o servicios: Independientemente de quién sea el importador, si introduce bienes o servicios al país, está obligado a pagar el IVA correspondiente.
Estos contribuyentes deben cobrarlo en sus facturas, retenerlo cuando aplique y enterarlo al SAT en tiempo y forma.
Hay ciertos casos exentos del pago de IVA, y esto no es un beneficio otorgado arbitrariamente, sino que está claramente establecido en la LIVA, principalmente en sus artículos 9°, 15° y 20°. No están obligados al pago del IVA quienes:
Enajenan bienes exentos, como:
Libros, periódicos y revistas.
Alimentos básicos no procesados (como frutas, verduras, carne y huevo).
Medicinas de patente.
Prestan servicios exentos, como:
Servicios médicos (prestados por médicos con título profesional).
Servicios educativos autorizados por la SEP.
Transporte público terrestre de personas (como camiones urbanos).
Otorgan uso o goce temporal de bienes exentos, como el arrendamiento de casa habitación, siempre que no se destine a actividades comerciales.
La razón de estas exenciones es garantizar el acceso a bienes y servicios esenciales, evitando que el IVA encarezca productos o servicios que son básicos para la población.
¿Cómo calcular el IVA?
Antes de hacer cálculos, es fundamental entender dos conceptos clave en la mecánica del IVA: el IVA trasladado y el IVA acreditable. Ambos son esenciales para determinar cuánto debes pagarle al SAT.
IVA trasladado
Es el IVA que cobras a tus clientes cuando vendes un producto o prestas un servicio. Se incluye en tus facturas y no es un ingreso para ti, ya que simplemente lo trasladas al SAT.
Por ejemplo, si vendes un servicio por $1,000, debes sumarle el 16% de IVA, es decir, $160. Ese es el IVA trasladado.
IVA acreditable
Es el IVA que pagas a tus proveedores o acreedores cuando compras bienes o servicios relacionados con tu actividad económica. Este IVA sí puedes acreditarlo, es decir, restarlo del que cobraste.
Por ejemplo, si pagas $500 por materiales, y te cobran $80 de IVA, esos $80 son IVA acreditable.
Una vez que entiendes estos conceptos, la fórmula general para calcular el impuesto que realmente debes enterar al SAT es:
IVA por Pagar = IVA Trasladado – IVA Acreditable
Esta fórmula refleja de forma clara cómo funciona el IVA: no pagas al SAT el total que cobraste, sino solo la diferencia entre lo que cobraste y lo que ya pagaste en tus insumos. Si el IVA acreditable es mayor que el trasladado, entonces tendrás un saldo a favor.
Este cálculo se hace mes a mes y se reporta en la declaración mensual del IVA ante el SAT. Así que es clave mantener un buen control de tus facturas emitidas y recibidas.
Ejemplos:
Ejemplo 1: Empresa de venta de muebles
Una empresa que vende muebles facturó durante el mes $100,000 pesos más IVA. Como sus productos están gravados con la tasa general del 16%, el IVA trasladado fue de:
$100,000 x 16% = $16,000 IVA trasladado
Durante ese mismo mes, la empresa realizó los siguientes gastos deducibles con IVA:
Compra de materia prima (madera, telas): $20,000 + IVA ($3,200)
Servicios de mensajería y logística: $10,000 + IVA ($1,600)
Software de diseño: $5,000 + IVA ($800)
Total de IVA acreditable (gastos con IVA): $3,200 + $1,600 + $800 = $5,600
Cálculo del IVA por pagar:
IVA por pagar = IVA trasladado – IVA acreditable. IVA por pagar = $16,000 – $5,600 = $10,400
Resultado: Esta empresa debe pagar $10,400 pesos de IVA al SAT.
Ejemplo 2: Cafetería orgánica en un kiosko
Una cafetería que opera en un kiosko dentro de una plaza vende bebidas hechas con productos orgánicos no procesados (jugos, tés, etc.). Estas ventas no generan IVA, ya que los productos están gravados a tasa 0%. En el mes facturaron $40,000 pesos a tasa 0%, por lo tanto:
IVA trasladado: $0
Los productos orgánicos (frutas, hierbas, cereales) están también a tasa 0%, así que al comprarlos no pagan IVA.
Sin embargo, otros gastos del mes sí generaron IVA:
Vasos y servilletas desechables: $3,000 + IVA ($480)
Etiquetas y empaques: $1,500 + IVA ($240)
Software de punto de venta: $1,200 + IVA ($192)
Total de IVA acreditable: $480 + $240 + $192 = $912
Cálculo del IVA por pagar:
IVA por pagar = IVA trasladado – IVA acreditable IVA por pagar = $0 – $912 = – $912
Resultado: La cafetería tiene un saldo a favor de IVA de $912 pesos, que puede acreditar en los siguientes meses o solicitar devolución.
Ejemplo 3: Médico con consultorio privado
Un médico general brinda únicamente consultas médicas, las cuales están consideradas como actividades exentas de IVA según la LIVA. En el mes facturó $50,000 pesos, pero no cobra IVA por sus servicios.
Durante el mismo periodo tuvo los siguientes gastos:
Renta del consultorio: $10,000 + IVA ($1,600)
Luz e internet: $2,000 + IVA ($320)
Publicidad en redes: $3,000 + IVA ($480)
Batas médicas e insumos: $2,500 + IVA ($400)
Total de IVA acreditable: $2,800
Sin embargo, al ser su actividad exenta de IVA, el médico no puede acreditar ni recuperar el IVA de sus gastos.
Resultado: Aunque pagó $2,800 de IVA en sus gastos, no puede deducirlo ni obtener devolución, ya que sus ingresos están exentos de este impuesto.
Aunque muchas veces el ISR se lleva toda la atención, el IVA es un impuesto igual de relevante y, en muchos casos, con más requisitos administrativos. Su correcta determinación no solo es esencial para evitar problemas con el SAT, sino que también representa una oportunidad estratégica: el IVA puede generar saldos a favor que, si se gestionan adecuadamente, pueden recuperarse y convertirse en una fuente de liquidez para tu negocio. Para lograrlo, es indispensable llevar un registro detallado de tus operaciones gravadas y acreditar correctamente cada gasto relacionado.
Por eso, contar con un contador profesional no es un lujo, sino una necesidad. En Grupo Altea, estamos listos para ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales y a aprovechar las oportunidades que ofrece el sistema tributario. Si quieres cotizar nuestros servicios o recibir asesoría personalizada, da clic en el botón y con gusto te ayudamos.