¿Cuál es el régimen fiscal para Uber y Didi en México? Guía completa
- Grupo Altea MG
- 18 feb
- 8 Min. de lectura
Actualizado: 30 jul

¿Cuál es el régimen fiscal para Uber y Didi en México? Guía completa
¡Bienvenido a nuestro blog! Si trabajas como conductor de Uber o Didi, seguramente sabes que estas plataformas se han convertido en una fuente importante de ingresos en México. Ya sea como un empleo de tiempo completo o una forma de ganar dinero extra, miles de personas han encontrado en estas aplicaciones una gran oportunidad.
Sin embargo, hay algo que no se puede evitar al generar ingresos: los impuestos. Y aquí surge una pregunta clave: ¿Cuál es el régimen fiscal para Uber y Didi?
Si eres socio conductor y no tienes claro en qué régimen debes tributar o si te conviene cambiarte, este blog es para ti. Te explicaremos cómo funciona el régimen fiscal para plataformas digitales, qué impuestos debes pagar y cómo asegurarte de cumplir con el SAT sin problemas.
¿Cuál es el régimen fiscal para Uber y Didi en México?
El régimen fiscal para los socios conductores de Uber y Didi en México es el Régimen de Plataformas Tecnológicas. Este régimen fue creado específicamente para quienes generan ingresos a través de aplicaciones digitales de transporte y entrega de bienes, estableciendo reglas claras sobre el pago de impuestos.
Este régimen fue introducido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir del 1 de junio de 2020, con base en el Capítulo XII del Título IV de la Ley del ISR y en el artículo 18-J de la Ley del IVA. Su objetivo es garantizar que las personas físicas que obtienen ingresos mediante plataformas como Uber, Didi, Rappi y otras similares, cumplan con sus obligaciones fiscales de manera sencilla y sin necesidad de declarar manualmente cada operación.
¿Qué obligaciones e impuestos tendrás como condutor de Uber y Didi?
Los socios conductores de Uber y Didi que tributan en el Régimen de Plataformas Tecnológicas deben cumplir con ciertas obligaciones fiscales ante el SAT para evitar sanciones y problemas legales. A continuación, se detallan cada una de ellas:
1. Inscripción en el RFC
Todo socio conductor debe contar con un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para operar legalmente. Si no se cuenta con RFC, la plataforma aplicará una retención de hasta el 20% sobre sus ingresos, lo que reduce significativamente sus ganancias. En cambio, si el conductor está inscrito correctamente, las retenciones pueden ser mucho menores, entre el 0.50% y el 2.0% dependiendo de sus ingresos.
2. Pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
El ISR es el impuesto que se paga sobre los ingresos obtenidos. En este régimen, existen dos opciones para cumplir con esta obligación:
Pagos definitivos: Si el socio conductor solo obtiene ingresos a través de plataformas digitales, puede optar porque la retención que realiza la plataforma sea definitiva, lo que significa que ya no tiene que presentar declaración anual. Las tasas de retención van dependiendo de los ingresos obtenidos en el mes.
Pagos provisionales: Si el conductor elige esta opción o si tiene otros ingresos adicionales (por ejemplo, por otro empleo o actividad empresarial), las retenciones que hace la plataforma se consideran como un adelanto del impuesto anual, por lo que sí deberá presentar declaración anual y ajustar el ISR a pagar según su nivel de ingresos y deducciones aplicables.
3. Pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El IVA es del 16% sobre los ingresos generados, pero la plataforma está obligada a retener el 8%. Esto significa que el socio conductor solo deberá pagar el 8% restante, si es que no tiene derecho a acreditar impuestos pagados en sus gastos relacionados con la actividad.
Es importante presentar las declaraciones mensuales de IVA, para poder acreditar las retenciones realizadas por la plataforma y evitar pagos innecesarios.
4. Emisión de Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI)
Si el socio conductor presta servicios a empresas o necesita justificar ingresos, es necesario que emita facturas electrónicas (CFDI) a nombre de quien lo solicite. Aunque las plataformas ya retienen impuestos de manera automática, la emisión de facturas es una buena práctica para mantener un adecuado control fiscal y poder hacer deducciones en caso de requerirlo.
Pagos Definitivos vs. Pagos Provisionales ¿Cuál conviene más?
El régimen de plataformas digitales permite elegir entre dos formas de tributar: pagos definitivos o pagos provisionales. Cada opción tiene implicaciones distintas en cuanto a declaraciones, deducciones e ingresos permitidos. A continuación, te mostramos una comparativa para que identifiques cuál se ajusta mejor a tus necesidades:
Pagos Definitivos
Lo que te retiene la plataforma es lo que pagas de ISR.
No presentas declaración anual.
Aplica solo si no superas los $300,000 anuales de ingresos.
No puedes aplicar deducciones.
Debes contar con los CFDI de retenciones emitidos por la plataforma.
Opción sencilla para quienes quieren evitar cargas fiscales adicionales.
Pagos Provisionales
La plataforma retiene una parte, pero tú haces el cálculo completo de ISR e IVA.
Sí presentas declaración anual (en abril).
No hay límite de ingresos anuales.
Debes emitir facturas por tus servicios.
Puedes aplicar deducciones autorizadas (automóvil, gasolina, mantenimiento, equipo, etc.).
Ideal para quienes desean una mejor planeación fiscal.
En Grupo Altea no recomendamos una sola opción para todos. Todo depende de tus objetivos y tu perfil fiscal. La opción de pagos definitivos puede ser conveniente si tienes ingresos bajos y prefieres simplificar tus obligaciones fiscales. En cambio, si deseas deducir tus gastos, llevar una contabilidad más completa y aprovechar las oportunidades de planeación fiscal, los pagos provisionales pueden ser la mejor alternativa, incluso si implican un poco más de trabajo administrativo.

¿Cuanto retiene Uber y Didi de ISR e IVA?
Ya sea que trabajes como conductor o repartidor a través de plataformas digitales como Uber, Didi o similares, debes saber que estas empresas tienen la obligación de retenerte impuestos, sin importar si elegiste tributar con pagos provisionales o definitivos dentro del Régimen de Plataformas Digitales.
Retención de ISR (Impuesto Sobre la Renta)
La plataforma está obligada a retenerte el 2.1% sobre el total de tus ingresos brutos, sin descontar gastos o comisiones. Esta retención aplica directamente cada vez que recibes un pago por tus servicios.
Fundamento legal: Artículo 113-A, fracción I, inciso a), de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Retención de IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Respecto al IVA, las plataformas digitales deben retenerte el 50% del IVA generado por tus ingresos, lo que equivale a una retención del 8%, ya que la tasa general de IVA en México es del 16%.
Fundamento legal: Artículo 18-J, fracción I, inciso a), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
¿Cómo calcular ISR e IVA a pagar como Uber y Didi?
ISR (Impuesto Sobre la Renta)
Como vimos anteriormente, si trabajas con plataformas digitales como Uber o Didi, tienes dos opciones para cumplir con tus obligaciones fiscales en materia de ISR:
Pagos definitivos: Lo que te retiene la plataforma (2.1% de ISR) se considera el pago total de tus impuestos. No necesitas hacer ningún pago adicional ni presentar declaraciones mensuales, aunque sí debes presentar tu declaración anual.
Pagos provisionales: La plataforma retiene el mismo porcentaje, pero tú debes hacer tu propio cálculo de ISR cada mes, considerando ingresos, gastos y deducciones. Las retenciones se aplican como pagos provisionales, es decir, puedes restarlas de tu cálculo total.
Veamos cómo se aplicaría cada opción con un ejemplo:
Ejemplo: Marcos Campos, conductor de Uber
Ingresos del mes (antes de IVA): $14,350
Gastos deducibles:
Gasolina: $4,300
Accesorios para el automóvil: $600
Total de gastos deducibles: $4,900 (todos antes de IVA)
Pagos Definitivos | Pagos Provisionales | |
Ingresos | $14,350 | $14,350 |
(-) Deducciones | $0 | $4,900 |
Base Gravable | $14,350 | $9,450 |
Retención ISR | 2.1% | 2.1% |
ISR Retenido Plataforma | $301.35 | $301.35 |
ISR a Pagar | $301.35 | $560 - $301.35 = $258.65 |
En el caso del calculo como pagos provisionales, Marcos tiene que hacer su calculo de ISR con las tasas generales. Lo que le dio un ISR a pagar de $560, pero como la plataforma ya le retuvo $301.35 lo puede descontar. Esto sumado a que su base gravable fue menor gracias a las deducciones que puede realizar.
IVA (Impuesto al Valor Agregado)
En el caso del IVA, tal como vimos en el caso del ISR, como pagos provisionales podrás acreditar las deducciones del periodo. En el caso del IVA, sucede exactamente lo mismo.
Sin importar el régimen, la plataforma (Uber o Didi) te retiene el 50% del IVA causado, es decir, el 8% sobre tus ingresos. La diferencia está en si puedes acreditar el IVA de tus gastos o no.
Ejemplo: Marcos Campos, conductor de Uber
Ingresos del mes: $14,350
IVA: $2,296
Gastos deducibles:
IVA Gasolina: $688
IVA Accesorios para el automóvil: $96
Total IVA Acreditable: $784
Pagos Definitivos | Pagos Provisionales | |
IVA Ingresos | $2,296 | $2,296 |
Retención IVA | 8% | 8% |
(-) IVA Retenido Plataforma | $1,148 | $1,148 |
(-) IVA Acreditable | $0 | $784 |
IVA a Pagar | $1,148 | $364 |
Aquí sucede algo similar que con el ISR. Gracias a la posibilidad de aplicar deducciones en los pagos provisionales, los $784 de IVA que tuvo en sus gastos le ayudó a Marcos a disminuir su IVA a pagar. Mientras que de la forma de pagos definitivos, únicamente le quedaría pagar el 50% restante de IVA.
¿Cómo cambiarse al régimen fiscal para Uber y Didi?
Si ya estás inscrito en el RFC y deseas cambiar tu régimen fiscal para tributar correctamente como socio conductor de Uber o Didi, debes presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT.
Accede al portal del SAT y entra a la sección de "Actualización en el RFC" para iniciar el trámite.
Llena el Cuestionario de Actividades Económicas, donde deberás seleccionar la opción:
"Actividades empresariales con ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de plataformas digitales".
Elige la actividad económica que realizas:
Transporte de pasajeros.
Entrega de bienes o alimentos.
Venta de productos.
Servicios contratados en línea.
Hospedaje.
Declara si tus ingresos anuales superarán los $300,000 pesos (incluyendo salarios e intereses):
Si no los superas, puedes optar por que las retenciones que hace la plataforma sean tu pago definitivo, lo que significa que no tendrás que presentar declaración anual.
Si los superas, las retenciones serán pagos provisionales, por lo que sí deberás presentar declaración anual y podrás aplicar deducciones personales.
También puedes elegir voluntariamente hacer pagos provisionales aunque no superes el monto de $300,000.
Indica si recibirás pagos directos de los usuarios y qué porcentaje de ingresos proviene de cada actividad económica.
Ten a la mano el RFC de las plataformas tecnológicas con las que operas, ya que te lo solicitarán.
Completa la información restante, revisa los datos y confirma la solicitud.
Descarga e imprime el Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, este documento es la confirmación oficial de que el cambio fue realizado con éxito.
Conocer tu régimen fiscal como socio conductor de Uber o Didi es clave para cumplir con tus obligaciones fiscales y evitar problemas con el SAT. Elegir la opción correcta para el pago de impuestos te permitirá optimizar tus ingresos y operar con tranquilidad. Sin embargo, cada caso es diferente, y tomar la mejor decisión requiere asesoría experta.
En Grupo Altea, te ayudamos a entender tus obligaciones y a encontrar la mejor estrategia fiscal para ti. Cotiza nuestros servicios o agenda una asesoría dando clic en el botón. ¡Nosotros nos encargamos de los impuestos, tú de seguir conduciendo!
FAQs:
1. ¿Qué régimen fiscal aplica para conductores de Uber y Didi en México?
El Régimen de Plataformas Digitales, según el Capítulo XII de la LISR y el artículo 18-J de la LIVA, es el que deben usar conductores y repartidores.
2. ¿Cuánto retiene Uber o Didi de ISR e IVA?
Uber y Didi retienen 2.1% de ISR y el 50% del IVA (8%) sobre tus ingresos brutos, sin importar el tipo de pago que elijas.
3. ¿Cuál es la diferencia entre pagos provisionales y definitivos en el SAT?
Los pagos definitivos no requieren declaración anual ni permiten deducciones. Los provisionales sí permiten deducir gastos y requieren cálculo y declaración mensual y anual.
4. ¿Qué conviene más para tributar: pagos provisionales o definitivos?
Depende de tus ingresos y objetivos. Definitivos simplifican trámites; provisionales permiten deducciones y mejor planeación fiscal.
5. ¿Qué gastos puedo deducir si trabajo con Uber o Didi?
Puedes deducir gasolina, mantenimiento, refacciones, accesorios, herramientas y todo gasto necesario para prestar el servicio.
6. ¿Qué pasa si no tengo RFC y trabajo para Uber o Didi?
La plataforma puede retenerte hasta un 20% de tus ingresos si no estás inscrito en el RFC, reduciendo drásticamente tu utilidad.
7. ¿Cómo puedo cambiar al régimen fiscal de plataformas digitales en el SAT?
Debes ingresar al portal del SAT, actualizar tus actividades económicas y seleccionar “servicios prestados a través de plataformas digitales”.
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