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Calcula el ISR anual de tus trabajadores

Si eres Persona Moral con fines no lucrativos debes calcular el impuesto anual de tus trabajadores (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios).

Si resulta saldo a favor del trabajador podrás compensar los saldos a favor de un trabajador contra las cantidades retenidas a otro trabajador, esto en el caso de que no sean trabajadores que no estén obligados a presentar declaración anual. Para realizar esto es necesario que los trabajadores presten sus servicios a un mismo patrón y recabar los documentos que comprueben que entregaste la cantidad a favor al trabajador.

Si resulta un saldo a cargo del trabajador, como patrón debes retener y enterar la cantidad a cargo.

A los trabajadores que iniciaron la prestación de servicios con posteridad al 1 de enero o hayan dejado de prestar sus servicios antes del 1 de diciembre del año del que se trate. A los trabajadores que perciben ingresos que excedan de 400,000 pesos y a los trabajadores que comuniquen por escrito al retener que presentaran Declaración Anual por su cuenta, no debes realizar él calculo anual.











Como Persona Moral con Fines No Lucrativos debes calcular el ISR anual de tus trabajadores - Consultas de orientación - Portal de trámites y servicios - SAT. (s. f.). https://www.sat.gob.mx/consulta/21518/como-persona-moral-con-fines-no-lucrativos-debes-calcular-el-isr-anual-de-tus-trabajadores. Recuperado 10 de noviembre de 2020, de https://www.sat.gob.mx/consulta/21518/como-persona-moral-con-fines-no-lucrativos-debes-calcular-el-isr-anual-de-tus-trabajadores

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