Guía Completa para Retenciones de ISR por Servicios Profesionales
- Grupo Altea MG
- 11 sept 2023
- 9 Min. de lectura
Actualizado: 9 jul
Guía Completa para Retenciones de ISR por Servicios Profesionales
En el mundo de las finanzas y los impuestos, comprender las retenciones de ISR es esencial para cumplir con las obligaciones tributarias. En este artículo, desvelaremos los misterios que rodean a este tema y te proporcionaremos la guía definitiva para dominarlo por completo.
Desglosaremos conceptos clave, como qué son estas retenciones, quiénes están obligados a realizarlas y cuándo deben llevarse a cabo. Además, te guiaremos a través del proceso de cálculo, permitiéndote cumplir con tus obligaciones fiscales de manera efectiva y sin sorpresas desagradables.
También abordaremos las retenciones de ISR para los RESICO, un aspecto relativamente nuevo que genera dudas Finalmente, te revelaremos dónde y cómo realizar estas retenciones de forma adecuada, garantizando el cumplimiento normativo y la tranquilidad financiera.
En un mundo empresarial cada vez más complejo, nuestro compromiso es proporcionarte el conocimiento y la seguridad necesarios para prosperar. Así que, sin más preámbulos, acompáñanos en este viaje de descubrimiento fiscal y fortalecimiento financiero. ¡Empecemos a desentrañar el enigma de las Retenciones de ISR por Servicios Profesionales juntos!

¿Qué es el Régimen de Servicios Profesionales?
El régimen de servicios profesionales es un régimen fiscal para personas físicas que ofrecen servicios de forma independiente, sin relación laboral directa. Aplica a profesionistas como abogados, contadores, médicos, diseñadores o consultores.
El Régimen de Servicios Profesionales, también conocido como régimen de honorarios, es un esquema fiscal dirigido a personas físicas que prestan servicios de manera independiente y directa a sus clientes, sin existir una relación laboral subordinada. Quienes tributan bajo este régimen deben emitir facturas electrónicas (CFDI) por los servicios prestados y pagar impuestos como el ISR e IVA, presentando sus declaraciones fiscales correspondientes.
Este régimen aplica a profesionistas como abogados, contadores, médicos, arquitectos, diseñadores, consultores, psicólogos, entre otros. A diferencia de los asalariados, tienen la responsabilidad de cumplir de forma autónoma con sus obligaciones fiscales.
Los contribuyentes que tributan bajo este régimen también pueden deducir gastos relacionados con su actividad profesional, como renta de oficina, servicios, equipo de trabajo o herramientas necesarias para el ejercicio de su profesión.
El marco legal del Régimen de Servicios Profesionales se encuentra en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), Título IV, Capítulo II, Sección I, Artículo 100, que establece:
“Las personas físicas que presten servicios profesionales de manera independiente, tales como los que se presten por médicos, dentistas, abogados, arquitectos, ingenieros, contadores públicos, administradores y otros cuya prestación requiera título profesional, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en esta Sección.”
Además, deben presentar pagos provisionales mensuales y una declaración anual, llevar contabilidad en ciertos casos, y están sujetas a retenciones de ISR e IVA cuando prestan servicios a personas morales o a otras personas físicas con actividad empresarial.
¿Qué son las Retenciones de ISR por Servicios Profesionales?
Estas retenciones implican que un negocio o entidad (persona moral) que realiza pagos por servicios profesionales está legalmente obligada a retener y pagar una parte del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente a ese pago al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este proceso asegura que el profesional independiente o prestador de servicios cumpla con sus obligaciones fiscales.
En México, el fundamento legal para las Retenciones de ISR por Servicios Profesionales se encuentra en el artículo 1-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), así como en el artículo 1-A del Código Fiscal de la Federación (CFF). Estos artículos establecen la obligación de retener y enterar el ISR correspondiente cuando se realicen pagos por servicios profesionales.
Ejemplo:
Supongamos que una empresa contrata los servicios de un abogado independiente para asesoramiento legal en un proyecto específico y acuerdan un pago de $10,000 MXN por sus servicios. Según la Ley del ISR, la empresa está obligada a retener un porcentaje de ese monto como ISR antes de pagar al abogado.
¿Cuáles son las Tasas de Retención de ISR por Servicios Profesionales?
La retención de ISR en servicios profesionales generalmente es del 10% sobre el monto total del servicio antes de IVA. Si el profesionista tributa bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), la tasa disminuye a 1.25%.
Cuando una persona física presta servicios profesionales independientes (régimen de honorarios) a una persona moral, quien recibe el servicio está obligado a retener el 10% de ISR sobre el monto del servicio (antes del IVA). Esta retención se entera directamente al SAT y funciona como un anticipo del impuesto que el profesionista debe declarar mensualmente.
El fundamento legal de esta retención se encuentra en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su:
Artículo 106, que establece que las personas físicas que obtengan ingresos por prestación de servicios profesionales deben calcular el ISR.
Artículo 113, fracción I, que indica que las personas que hagan pagos por servicios personales independientes están obligadas a retener.
Y en el Reglamento de la LISR, Artículo 146, que menciona expresamente que la tasa de retención es del 10%.
Por otro lado, si el profesionista está inscrito en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, la retención de ISR es del 1.25% del monto efectivamente cobrado, antes del IVA. Esta tasa especial busca simplificar el cumplimiento fiscal y aplica exclusivamente a contribuyentes RESICO.
Este tratamiento se encuentra en la Ley del ISR, Artículo 113-J, que establece:
“Las personas físicas a que se refiere este Capítulo estarán sujetas a una retención del uno punto veinticinco por ciento sobre el total de los ingresos efectivamente cobrados…”
Por lo tanto, al momento de emitir una factura por honorarios, es crucial identificar correctamente el régimen fiscal del emisor para aplicar la tasa de retención correspondiente.
¿Quienes están Obligados a Retener ISR y Cuando Surgen estas Retenciones?
En México, la obligación de retener el ISR por servicios profesionales recae principalmente en las personas morales que contratan los servicios de una persona física. Esto se debe a que el artículo 1-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que las personas morales están obligadas a retener este impuesto cuando realizan pagos por servicios profesionales a personas físicas.
Las personas morales, en términos fiscales, son empresas o entidades jurídicas que operan con fines comerciales, industriales o de servicios, y están registradas como tales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Por otro lado, las personas físicas son individuos que ofrecen sus servicios profesionales de manera independiente, sin constituir una entidad legal.
Como vimos anteriormente, esta obligación de retención es una medida que el gobierno mexicano ha implementado para garantizar el cumplimiento tributario por parte de los profesionales independientes y para facilitar la recaudación de impuestos. Cuando una persona moral contrata los servicios de una persona física, debe retener un porcentaje del monto acordado como pago y luego remitirlo al SAT en nombre del profesional independiente.
¿Cómo Calcular Retenciones de ISR por Servicios Profesionales?
El cálculo de las retenciones de ISR por servicios profesionales en México se realiza aplicando una tasa de retención, que comúnmente es del 10%, al monto de la venta de los servicios prestados por la persona física. Es importante destacar que esta tasa se aplica al monto de la venta sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esto significa que primero se calcula el monto de la venta y luego se aplica la tasa de retención al resultado obtenido.
Para comprender mejor este cálculo, consideremos un ejemplo:
Ejemplo 1: Supongamos que un diseñador gráfico independiente ofrece sus servicios para crear un logotipo a una empresa por un total de $10,000 MXN. El cálculo de la retención de ISR se hará de la siguiente manera:
$10,000 MXN * (0.10) = $1,000.00 MXN (Retención ISR)
Ejemplo 2: Imaginemos que un consultor fiscal brinda asesoramiento a una empresa por un total de $15,000 MXN. Para calcular la retención de ISR, nuevamente debemos seguir estos pasos:
$15,000 MXN * (0.10) = $1,500.00 MXN (Retención ISR)
Retenciones Caso RESICO:
Las Retenciones de ISR por servicios profesionales también aplican a quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Sin embargo, en este caso, la tasa de retención es diferente. En lugar del 10% que se aplica a las personas físicas, la tasa de retención para quienes están en este régimen es del 1.25%.
Para comprender mejor cómo se aplica esta retención en el RESICO, consideremos un ejemplo:
Imaginemos a un fotógrafo que está inscrito en el RESICO y presta servicios de fotografía a una empresa por un total de $5,000 MXN
$5,000 MXN * (0.0125) = $62.5 MXN (Retención ISR)
¿Cómo Recuperar el ISR que se Retiene?
Cuando una persona moral te retiene ISR por la prestación de servicios profesionales, ese monto no es un impuesto extra: es un anticipo a cuenta del ISR que debes pagar en tu declaración mensual. Es decir, si te retuvieron $1,000, es como si ya hubieras pagado esos $1,000 directamente al SAT. Por lo tanto, puedes aplicarlo como un pago provisional al momento de presentar tu declaración mensual, y reducir el monto que deberías pagar en ese mes.
A continuación, te explicamos cómo aplicar correctamente esas retenciones:
Paso 1: Registro de Retenciones
Como persona física, debes llevar un registro detallado de todas las retenciones que te hayan hecho durante el mes. Esto implica conservar las facturas emitidas con retención, los comprobantes de pago y asegurarte de que el monto retenido coincida con lo reportado por tu cliente en el portal del SAT.
Paso 2: Presentación de tu Declaración Mensual
Al presentar tu declaración mensual de ISR en el portal del SAT (por medio del sistema de Declaraciones Provisionales y Definitivas), deberás capturar tus ingresos y egresos del mes, así como ingresar el monto de ISR que te hayan retenido. El sistema automáticamente restará ese monto del impuesto que resulte a tu cargo.
Paso 3: Aplicación de la Retención
El sistema del SAT aplicará el monto retenido como un pago provisional. Si el impuesto causado es menor al retenido, no pagarás nada adicional; si es mayor, sólo pagarás la diferencia.
¿Donde y Cómo se Pagan estas Retenciones?
Paso 1: Registro de Retenciones Mensualmente, las personas morales que realizan retenciones de ISR por servicios profesionales deben llevar un registro detallado de todas las retenciones efectuadas durante ese periodo. Esto implica mantener un registro de las facturas y los pagos a personas físicas, así como calcular el monto total de las retenciones realizadas.
Paso 2: Presentación de la Declaración de Retenciones Una vez que se ha completado el registro mensual de retenciones, el siguiente paso es presentar la Declaración de Retenciones por ISR en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). El SAT proporciona una plataforma en línea donde los contribuyentes pueden cumplir con sus obligaciones fiscales.
Paso 3: Realización del Pago Con la línea de captura en mano, debes proceder a realizar el pago de las retenciones de ISR por servicios profesionales. Esto se puede hacer en cualquier institución bancaria autorizada o a través de la banca en línea, utilizando la línea de captura como referencia de pago.
En resumen, hemos explorado las Retenciones de ISR por servicios profesionales en México, destacando los conceptos clave. Estas retenciones aplican a pagos realizados por personas morales a personas físicas, con tasas específicas y reglas claras.
Cumplir correctamente con estas obligaciones fiscales implica llevar un registro detallado, declarar con precisión y realizar los pagos a tiempo. Aquí es donde contar con un contador profesional hace la diferencia:
Asegura el cumplimiento normativo y evita errores costosos.
Te ahorra tiempo y permite enfocarte en hacer crecer tu negocio.
Garantiza un proceso fiscal más claro, seguro y sin contratiempos.
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FAQs:
1. ¿Qué es la retención de ISR por servicios profesionales?
Es el descuento que realiza una empresa al pagar a un profesionista independiente. En lugar de pagar el total, retiene un porcentaje como anticipo del ISR del prestador y lo entera al SAT.
2. ¿Cuál es la tasa de ISR que deben retener las empresas por servicios profesionales?
La tasa general es del 10% sobre el monto antes de IVA. Si el profesionista tributa en RESICO, la retención es del 1.25%.
3. ¿Quién está obligado a retener el ISR en servicios profesionales?
Las personas morales (empresas o sociedades) están obligadas a retener ISR cuando contratan a personas físicas que prestan servicios profesionales independientes.
4. ¿Cómo sé si debo aplicar una retención del 10% o del 1.25%?
Depende del régimen fiscal del prestador. Si es RESICO, se aplica 1.25%. Si tributa por honorarios, se aplica el 10%. Siempre verifica el régimen en el CFDI.
5. ¿Cómo puedo recuperar el ISR que me retuvieron como profesionista?
Declara tus ingresos y deducciones mensualmente en el portal del SAT. En el sistema, indica las retenciones que te hicieron y se descontarán del ISR a pagar.
6. ¿Dónde se pagan las retenciones de ISR por servicios profesionales?
Las personas morales deben presentar la declaración de retenciones en el portal del SAT y pagar usando la línea de captura generada, ya sea en banco o en línea.
7. ¿Qué pasa si no se presenta ni paga la retención de ISR?
No enterar retenciones es una falta grave. Puede generar multas, recargos e incluso sanciones penales. Es vital cumplir mensualmente con esta obligación ante el SAT.