Cambios RESICO 2026: lo que debes saber antes de que entre en vigor la reforma fiscal.
- Grupo Altea MG
- 18 nov
- 5 Min. de lectura

Paquete económico 2026: así cambiará el RESICO para personas físicas en 2026.
¡Bienvenidos a nuestro blog!
Cada vez estamos más cerca de comenzar el 2026 y, como ocurre cada año, llegan nuevos ajustes fiscales que impactan directamente a millones de contribuyentes. En esta ocasión, varios cambios recaen sobre el RESICO para personas físicas, un régimen que, si bien ha simplificado la vida de muchos, ahora enfrenta ciertas modificaciones importantes dentro del Paquete Económico 2026.
Si tributas en este régimen, te invitamos a quedarte, porque estos cambios pueden traerte beneficios reales —especialmente en un tema que sabemos que todos odian: la declaración anual. Pero también debes saber que se propone una nueva multa relacionada con la emisión de CFDI que podría afectarte si no llevas un control adecuado.
En este blog te explicaremos, en que consisten los cambios que propone la reforma fiscal 2026 para el RESICO, qué implican para tu negocio y qué problemáticas podrían surgir con su aplicación. La intención es que salgas de aquí informado, preparado y con las herramientas necesarias para tomar decisiones inteligentes para tu negocio.
Declaración Anual en RESICO para 2026:
Se propone reformar el segundo párrafo, fracción I del artículo 17-H Bis del CFF para eximir a las personas físicas que tributan en el RESICO de presentar la declaración anual prevista en los artículos 113-E, 113-F y 113-G, fracción VII de la Ley del ISR.
El RESICO fue diseñado para personas físicas con ingresos menores a $3.5 millones anuales, buscando que tributen de forma sencilla, con menos carga administrativa y sin la complejidad de otros regímenes fiscales.
Con la reforma, los contribuyentes en RESICO solo presentarán pagos mensuales considerados definitivos, reduciendo su carga fiscal. Esta facilidad ya operaba el año pasado, por lo que ahora se incorpora de manera oficial a la ley. Solo quienes tributen en el RESICO y tengan ingresos por copropiedad presentarían declaración anual.
Implicaciones de eliminar la obligación de presentar declaración anual en RESICO
Mayor peso en las declaraciones mensuales, ya que serán consideradas pagos definitivos y no habrá una corrección global en la anual.
Menor carga administrativa, al eliminar uno de los trámites más complejos y temidos por contribuyentes.
Mayor necesidad de exactitud mensual, porque cualquier omisión o error ya no podrá compensarse en la declaración anual.
Simplificación real del cumplimiento, alineándose con el objetivo original del RESICO: trámites rápidos, tasas preferenciales y obligaciones mínimas.
Mayor claridad fiscal, ya que el contribuyente sabrá mes a mes su situación real, sin ajustes posteriores.
Facilidad para causantes con pocos movimientos, quienes generalmente batallan más con la declaración anual que con la mensual.
Problemáticas y riesgos de eliminar la declaración anual en RESICO
Pérdida total del derecho a deducciones personales, lo que elimina la posibilidad de obtener saldos a favor por gastos como salud, escuela, seguros, etc.
Menor oportunidad de corregir errores, ya que sin declaración anual se pierde la posibilidad de ajustar pagos provisionales.
Mayor riesgo ante errores en CFDI, porque si una factura no se emite o se emite mal en el mes correspondiente, el contribuyente podría pagar más ISR sin forma de recuperarlo.
Dependencia absoluta del correcto cálculo mensual del SAT, pues el sistema automatiza montos basados en facturas emitidas y recibidas.
Posible incremento de saldos a cargo, ya que no habrá posibilidad de compensaciones o ajustes anuales.
Inconformidad por la pérdida de beneficios, especialmente para contribuyentes que cada año obtenían saldos a favor altos por deducciones personales.
Mayor vulnerabilidad ante errores del propio SAT, ya que si el prellenado mensual se genera incorrecto, el contribuyente queda limitado para corregirlo.

Monto de multa por CFDI, según capacidad del contribuyente:
Se propone reformar el inciso b), fracción IV del artículo 84 del CFF para incluir a los contribuyentes del RESICO dentro de las infracciones por no expedir o entregar CFDI, algo que antes sólo aplicaba al régimen de incorporación fiscal.
Actualmente, los contribuyentes del RESICO calculan su ISR sobre CFDI efectivamente cobrados, por lo que es obligatorio emitir y expedir comprobantes fiscales. El incumplimiento puede generar multas de $19,000 a $112,000.
Con esta reforma, las sanciones se ajustarán a la capacidad económica del contribuyente, similar al esquema aplicado en el RIF, donde la multa se determina según el nivel de ingresos.
Implicaciones de la multa ajustada a la capacidad del contribuyente
Multas más proporcionales, evitando sanciones excesivas para contribuyentes con ingresos bajos.
Mayor coherencia entre ingresos y sanciones, fortaleciendo la justicia fiscal en el RESICO.
Incentivo a cumplir con la emisión de CFDI, ya que la sanción sigue siendo significativa, aunque ajustada.
Mayor formalidad administrativa, al reforzar que el CFDI es la base del cálculo mensual del impuesto.
Homologación con criterios previos del RIF, generando continuidad para contribuyentes que migraron de un régimen al otro.
Reforzamiento del control tributario, ya que las multas proporcionales son más difíciles de ignorar.
Problemáticas y riesgos de esta nueva multa
Mayor presión sobre pequeños contribuyentes, que podrían enfrentar sanciones incluso por errores menores en la expedición del CFDI.
Incremento en revisiones automatizadas, pues la multa depende directamente de la emisión correcta y oportuna de cada comprobante.
Riesgo de sanciones por fallas técnicas, como errores del sistema del SAT, PACs o plataformas de facturación.
Carga administrativa para contribuyentes sin asesoría, que podrían no identificar errores de emisión o cancelación.
Impacto financiero inmediato, ya que el monto, aunque proporcional, sigue siendo relevante para contribuyentes con flujos reducidos.
Posible incertidumbre inicial, mientras se aclara cómo calcularán exactamente el monto según ingresos.
Aunque no estamos acostumbrados a recibir buenas noticias del SAT, en esta ocasión el Paquete Económico 2026 sí trae dos cambios positivos para las personas físicas en el RESICO. La eliminación de la declaración anual y las nuevas multas ajustadas a la capacidad del contribuyente representan un alivio real… pero también elevan la responsabilidad en la emisión correcta de CFDI y en el cálculo puntual de las declaraciones mensuales.
Esto confirma algo importante: ahora más que nunca necesitas a un profesional que cuide tus obligaciones fiscales y te mantenga protegido ante cualquier error o sanción. En Grupo Altea estamos listos para acompañarte, simplificar tu contabilidad y asegurarnos de que cumplas sin estrés y sin riesgos.
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FAQs:
1. ¿Qué cambia en la declaración anual del RESICO con el Paquete Económico 2026?
Se elimina la obligación de presentar declaración anual para personas físicas en RESICO. Solo realizarán pagos mensuales definitivos. Únicamente quienes tengan ingresos por copropiedad deberán presentar declaración anual.
2. ¿Por qué los contribuyentes en RESICO ya no presentarán declaración anual?
Porque la reforma incorpora oficialmente la facilidad de considerar los pagos mensuales como definitivos. Esto reduce carga administrativa y simplifica el cumplimiento fiscal.
3. ¿Cuáles son los riesgos de no presentar declaración anual en RESICO?
Se pierde el derecho a deducciones personales, se eliminan correcciones globales, aumenta el riesgo por errores en CFDI y se depende totalmente del cálculo mensual del SAT.
4. ¿Cómo afectará la nueva multa por no expedir CFDI a los contribuyentes del RESICO?
Ahora estarán incluidos en la infracción por no emitir CFDI, con multas entre $19,000 y $112,000, ajustadas a la capacidad económica según sus ingresos.
5. ¿Por qué es obligatorio emitir CFDI en el RESICO?
Porque el ISR se calcula con base en los CFDI efectivamente cobrados. Si no se emiten o se emiten mal, se generan pagos incorrectos y se arriesgan multas elevadas.
6. ¿Qué implica que la multa se ajuste según el nivel de ingresos?
Que las sanciones serán proporcionales. Contribuyentes con ingresos bajos pagarán multas menores y quienes tengan ingresos mayores pagarán montos más altos, similar al antiguo RIF.
7. ¿Qué beneficios concretos trae la reforma del RESICO para 2026?
Menos carga administrativa, pagos definitivos, mayor claridad mensual y multas más justas. Aun así, exige control estricto en la emisión de CFDI y en las declaraciones mensuales.
