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Guía para Repartidores: Obligaciones fiscales para Uber, Rappi y DiDi

Actualizado: 9 abr

Si en estos últimos meses has intentado registrarte en plataformas como Uber, DiDi, Rappi como conductor o repartidor. Seguro te habrás dado cuenta el SAT ya les ha comenzado a retener IVA e ISR lo que te obliga a estar registrado en el RFC. Aquí te contamos en que régimen debes inscribirte, como te realizaran las retenciones y todas las obligaciones fiscales para Uber, Rappi y Didicon las que deberás cumplir.



Repartidores felices porque cumplieron con sus obligaciones fiscales para Uber, rappi y didi
Obligaciones fiscales para Uber, rappi y didi


¿En qué régimen debo inscribirme si soy conductor o repartidor?

El SAT diseño un esquema especial para las personas que se dedican a estas actividades. Este Régimen es el Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales con la actividad “Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de una plataforma tecnológica” si es que eres conductor de plataformas como Uber o DiDi. O bien si eres repartidor regístrate con la actividad de “Servicios de entrega de alimentos a través de una plataforma tecnológica”. Al existir este régimen especial para estas actividades, no podrán inscribirse al RESICO (Régimen Simplificado de Confianza)


Obligaciones fiscales

- Inscribirse al RFC (con ingresos a través de plataformas digitales)

- Tramitar la FIEL

- Presentar declaraciones mensuales a más tardar el día 17 del siguiente mes

- Expedir y conservar comprobantes fiscales (facturas): expide una diaria, semanal o mensual en donde contenga los montos de cada operación realizada.



Si ocupas ayuda para inscribirte al RFC, obtener tu FIEL o emitir facturas no dudes en contactarnos en Grupo Altea MG.



Retenciones:

La empresa para la que trabajes podrá retenerte tanto ISR como IVA directamente, esto dependiendo del monto total de tus ingresos. De acuerdo con esto se te aplicará una tasa correspondiente:


Monto de Ingreso

Tasa de ISR

IVA

Hasta $25,000

3%

8%

Hasta $35,000

4%

8%

Hasta $50,000

5%

8%

Más de $50,000

9%

8%

Es decir, si obtuviste $20,000 pesos de ganancias el mes de abril 2022. Se te retendrá $600 de ISR (3%) y $1,600 de IVA (8%). Si obtuviste $45,000 de ganancias el mes de mayo 2022 se te retendrá $2,250 de ISR (5%) y $3,600 de IVA (8%).


La empresa para la que trabajes ya sea Uber, DiDi, Rappi o cualquier otra te deberá entregar un comprobante de pago, donde te indicarán el monto y el impuesto que te retuvieron.

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