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Obligaciones Fiscales para Servicios Profesionales (Honorarios)



El régimen para personas físicas que obtienen ingresos por prestar a empresas servicios profesionales de forma independiente como abogados, contadores, arquitectos, médicos, dentistas, etc. pertenecen al Régimen de Servicios Profesionales (Honorarios).


Ahora que conoces sí perteneces a este régimen deberás estar al tanto de las obligaciones fiscales que habrás que cubrir.


¿Qué obligaciones fiscales tienen en el régimen de servicios profesionales?

  1. Contraseña y e.firma: la contraseña del SAT te permite acceder a los servicios electrónicos del SAT, por ejemplo: para realizar tus declaraciones, revisar facturas aceptadas y canceladas. Por otro lado la e.firma se utiliza para firmar diversos trámites por internet.

  2. Emitir y expedir facturas: para comprobar tus ingresos y gastos deberás emitir facturas por la prestación de servicios, por el otro lado, para deducir tus gastos deberás pedir las facturas de tus gastos. Si cuentas con trabajadores, deberás entregarles comprobantes del pago de sus nóminas.

  3. Contabilidad Electrónica: todos los movimientos que realizas en el mes (ingresos, gastos, inversiones, prestamos, etc) deberán estar en tu contabilidad mensual (relacionando XML).

  4. Declara impuestos mensuales y anuales: Mensualmente deberás declarar tu ISR e IVA. De forma anual deberas declarar el monto total de ingresos y gastos del año, así como los pagos que realizaste mensualmente (ISR e IVA).

  5. Mantener tu información fiscal actualizada: Si cambias de domicilio o de actividad económica deberás informarlo al SAT.


¿Qué se puede deducir en el régimen de servicios profesionales?


Puedes deducir los gastos y/o inversiones que sean indispensables para llevar a cabo tu actividad económica, por ejemplo:

  1. Sueldos y salarios.

  2. Cuotas al IMSS.

  3. Renta del local u oficina que utilices.

  4. Luz, teléfono, internet de tu local u oficina.

  5. Papelería.

  6. Equipos de computo, transporte, construcciones, etc.

En tu declaración anual podrás deducir otro tipo de gastos como:

  1. Gastos medicos, dentales, etc.

  2. Gastos funerarios.

  3. Primas de seguro.

  4. Intereses por créditos hipotecarios.

  5. Donativos.

  6. Colegiaturas.

  7. Transporte escolar.


Sabemos que todas estas obligaciones pueden resultarte para tu negocio una perdida de tiempo y de dinero. Por eso en Grupo Altea MG nos encargamos de cumplir con todas tus obligaciones fiscales, creando una estrategia única para tu tipo de negocio.

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