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Estos son tus beneficios, facilidades y estímulos si eres del Régimen de Arrendamiento.

Los estímulos, beneficios y facilidades que puedes aplicar si te encuentras en el Régimen de Arrendamiento son:

  • Puedes presentar pagos provisionales trimestrales de ISR, y en su caso del IVA, si tus ingresos mensuales no superan los $26,411.52 pesos.

  • Si percibes ingresos por arrendamiento de casa habitación y además obtienes ingresos por sueldos y salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, puedes optar por efectuar pagos provisionales trimestrales del ISR por el arrendamiento de casa habitación.

  • Tienes la opción de no presentar la información del IVA en la Declaración Anual del ISR, sólo debes presentar la Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) en tiempo y forma.

  • Si tus ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no excedieron de 4 millones de pesos, o si inicias actividades y estimas que tus ingresos en el ejercicio no excederán la cantidad señalada, quedas relevado de presentar la información de operaciones con terceros (DIOT).

  • Si tienes deducciones personales puedes disminuirlas en tu Declaración Anual.

  • Si tus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de 4 millones de pesos, quedas relevado de enviar la contabilidad electrónica.

  • Si además obtienes ingresos por actividades empresariales puedes optar por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, siempre que tus ingresos por ambas actividades no superen los 2 millones de pesos anuales.











Conoce los beneficios, facilidades y estímulos del Régimen de Arrendamiento - Consultas de orientación - Portal de trámites y servicios - SAT. (s. f.). SAT. Recuperado 21 de diciembre de 2020, de https://www.sat.gob.mx/consulta/55106/conoce-los-beneficios,-facilidades-y-estimulos-del-regimen-de-arrendamiento

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